¿Sabías que existe una declaración universal de derechos sexuales?

La importancia de la sexualidad en el ser humano en cuanto a su desarrollo personal ha llevado a redactar una serie de derechos que si se respetasen en todas las sociedades e independientemente de la cultura que se procese, garantizarían que todos los individuos disfrutasen de una sexualidad plena, sana y con garantías.

De todos es sabido la importancia de la sexualidad en cuanto al desarrollo del individuo, individual, interpersonal, social, emocional….

Por ello, en el XIII congreso Mundial de Sexología realizado en 1997 en Valencia, se redactaron estos derechos por parte de los mejores especialistas sexuales en todos los ámbitos. Y son los siguientes:

  • Derecho a la libertad sexual: Que todo el mundo tenga la posibilidad de ejercitar su orientación libremente.
  • Derecho a la autonomía sexual, integridad sexual y seguridad del cuerpo sexual: Poder tomar decisiones en materia sexual de forma autónomo sin depender de agentes externos como leyes, cultura o costumbres mutilantes.
  • Derecho a la privacidad sexual: Poder expresar nuestras preferencias sexuales en la intimidad con libertad que no con libertinaje.
  • Derecho a la equidad sexual: No se puede discriminar a nadie por razones de sexo, raza, religión, orientación, edad o discapacidad.
  • Derecho al placer sexual: Placer de todo tipo, incluyendo el autoerotismo.
  • Derecho a la expresión sexual emocional: Todo individuo debe poder su sexualidad con total libertad.
  • Derecho a la libre asociación sexual: Poder decidir con libertad de qué modo asociarnos sexualmente, matrimonio, divorcio o cualquier otro tipo de asociación.
  • Derecho a tomar decisiones reproductivas libres y responsables: Que cada ser humano sea libre de decidir su descendencia, con ayuda si lo requiere de cualquier método de regulación de fertilidad y con facilidad de acceso a los mismos.
  • Derecho a la información basada en el conocimiento científico: Que cualquier ser humano pueda disponer con facilidad de información sexual fiable y con garantías científicas.
  • Derecho a la educación sexual comprensiva: Que todas las instituciones se involucren en proporcionar una educación sexual basada en estos derechos.
  • Derecho a la atención clínica de la salud sexual: Que en todas las sociedades se disponga de una atención clínica de calidad y accesible para todos.

Viviendo en una sociedad civilizada y desarrollada es fácil creer que el cumplimiento de estos derechos es de una lógica aplastante. Pero si incluso en culturas como la nuestra existen problemas en cuanto al cumplimiento de algunos de ellos, imagina la dificultad que conlleva en países y culturas menos desarrolladas. Es fundamental que trabajemos entre todos para conseguir una salud sexual basada en estos derechos pues es indispensable para el pleno desarrollo de cualquier individuo en cualquier parte del mundo.

Trabaja en ello, ponte ON!